Como vimos estos días atrás, el decreto de Castilla la Mancha se basaba en el diálogo y la colaboración de cuantas más unidades educativas fuesen posibles para solucionar el conflicto. Cierto es, que no siempre ha sido así la práctica de este.
Por el contrario, el decreto de la comunidad de Madrid, parece responder a un modelo punitivo, en el cual se da más importancia a la sanción que a la mediación. Es decir, habla extensamente sobre los tipos de sanciones y su aplicación, reduciendo a un pequeño apartado los criterios para la adopción de las sanciones.
Si lo leemos detenidamente, podemos apreciar que para nada deja ver de forma clara que este decreto es partidario del castigo, dándole el escalón más alto en el podio, sino que se limita a no mencionar en profundidad el tema que nos interesa: ¿Por qué surgen los conflictos? ¿Qué debemos cambiar para mejorar en este ámbito?
En ningún momento miente, es más, es más coherente, en relación a su teoría, en la práctica que el decreto de Castilla la mancha (quien habla de negro y practica blanco), pero lo que si hace es centrarse en los temas que más le interesan (sanciones) y eludir lo menos interesantes (criterios de sanción y mediación de conflictos).
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